Secretaria EJecutiva
Atribuciones
I.- Preparar las sesiones del Pleno del Consejo de la Judicatura convocadas por el Presidente;
II.- Preparar la agenda de los asuntos que se desahogarán en las sesiones del Consejo de la Judicatura y presentarla a la consideración del Presidente para su autorización;
III.- Dar fe de las actuaciones y resoluciones tanto del Presidente, como del Pleno del Consejo de la Judicatura;
IV.- Asistir a las sesiones del Pleno del Consejo de la Judicatura, con voz pero sin voto;
V.- Comunicar al Tribunal Constitucional en los asuntos que sean de su competencia, los acuerdos tomados por el Pleno del Consejo de la Judicatura;
VI.- Turnar los acuerdos tomados por el Pleno del Consejo de la Judicatura, a los órganos involucrados en su ejecución;
VII.- Fungir como Secretario de Acuerdos de la Comisión de Disciplina del Consejo de la Judicatura;
VIII.- Expedir copias certificadas de los documentos que obren en los archivos de la Secretaría Ejecutiva, del Consejo de la Judicatura y de las demás áreas que lo integran;
IX.- Dar trámite a la correspondencia dirigida al Pleno del Consejo de la Judicatura;
X.- Turnar a las comisiones del Consejo de la Judicatura, los asuntos que sean de su competencia;
XI.- Tramitar para su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, los acuerdos de interés general emitidos por el Consejo de la Judicatura;
XII.- Auxiliar a los Consejeros en el ejercicio de sus atribuciones; y,
XIII.- Las demás que le encomienden los Consejeros en el ámbito de sus atribuciones, este Código, el Reglamento Interior, el Presidente o el Pleno del Consejo de la Judicatura;